
Pasaron casi 10 meses desde que en el Congreso de Jalisco se aprobaron las reformas a la Ley de Movilidad del Estado que, entre otras cosas, obligan a que los usuarios de Empresas de Redes de Transporte (ERT) se registren con una identificación oficial con fotografía o su Clave Única de Registro de Población (CURP), para brindar seguridad a los conductores de las diferentes plataformas.
Pero fue hasta este domingo que esta medida fue publicada en el Periódico Oficial del Estado, lo que permite que entre en vigor, esta medida, además de la habilitación de un “botón” de emergencia para usuarios y conductores.
También se incluye que, para la contratación de sus choferes, las empresas deben verificar que no tengan antecedentes penales derivados de delitos contra la seguridad y libertad sexual, así como de delitos de secuestro, extorsión y privación ilegal de la libertad. Los choferes de plataforma deben contar con licencia de conductor de transporte público y les aplicarán las mismas multas que a los taxistas por no tener ese documento.
Según marca la publicación, las ERT tendrán plazo de hasta un año para adecuar sus plataformas digitales a las nuevas disposiciones.
El diputado Jonadab Martínez García, presidente de la Comisión legislativa de Movilidad, a través de un video destacó que la reforma se formuló en conjunto con las empresas y choferes y su entrada en vigor es un avance importante.
“Es un paso que sienta presentes, pues Jalisco es el primer estado en contar con una reforma a favor de las y los conductores de redes de transporte… es una reforma que se trabajó de la mano con conductores, organizaciones y empresas. Estamos sentando un precedente que esperamos se replique a nivel nacional”, dijo.
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Más de la reforma
Se estableció que, en caso de fallecimiento del conductor durante la prestación del servicio, la ERT o el seguro contratado a favor del conductor deberá pagar una indemnización a los beneficiarios mínima de 10 mil 425 pesos (120 Unidad de Medida y Actualización). También las empresas responderán de manera solidaria en caso de accidente con daños a terceros si no están vigentes los seguros del vehículo que participe en el incidente. Además, deben ofrecer incentivos a los conductores en activo.
Será obligatorio que las ERT compartan con la Secretaría de Transporte su base de datos con la información de los propietarios de los automóviles registrados en sus plataformas, el número de vehículos que tiene cada uno y la información estadística que se genere con la prestación de servicios.
Las ERT deben mantener en sus aplicaciones y página web de manera visible y de fácil acceso las tarifas de cobro y un mecanismo para que el usuario pueda calcular costos. También su catálogo de los vehículos que prestan el servicio.



































