Nueva Ley de Movilidad en Jalisco contempla fondo de apoyo para usuarios - Pasajero7

Nueva Ley de Movilidad en Jalisco contempla fondo de apoyo para usuarios

Congreso de Jalisco

En sesión de Asamblea, los diputados de Jalisco, aprobaron el pasado viernes la nueva Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte, que se regirá, señalaron los diputados, bajo los principios de seguridad y prioridad al peatón, accesibilidad, perspectiva de género y calidad en el servicio.

 

 

 

Respecto a la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte destaca la inclusión de un capítulo que busca mitigar la contaminación y reducir los efectos del cambio climático por medio de innovaciones tecnológicas; se regula la prestación del servicio de transporte comunitario, entendido como aquellos vehículos de pequeña escala usado para desplazamientos cortos en áreas delimitadas, cuyas concesiones durarán tres años.

 

 

 

Se crea la Agencia Metropolitana de Servicios de Infraestructura para la Movilidad, que será el encargado de la señalética y administración de los dispositivos de control de tráfico y mejora de los desplazamientos no motorizados; aunado a ello, se integral el Sistema Estatal de Información Territorial y Urbano y el Registro Estatal de Movilidad y Transporte que guardará el control de licencias, autorizaciones y permisos de conducir, vehículos en circulación, permisos temporales, por mencionar algunas. 

 

 

 

En esta nueva normatividad, se anexa la revisión de la tarifa de transporte público, y se integra el Fondo de Apoyo para las Personas Usuarias, que busca disminuir el impacto económico ante cualquier posible incremento en el servicio; además, se incluye la perspectiva de género, con la finalidad de asegurar el traslado digno e íntegro de las usuarias, y se prevé la reparación integral del daño a víctimas de siniestros de tránsito.

 

 

 

Nuevas multas para motociclistas o manejas con distractores

La Ley está escrita en 699 páginas e integrada por 400 capítulos que entre otras cosas contempla nuevas sanciones a motociclistas, por manejar con el celular en mano, o fumando.

 

 

La multa por fumar al manejar un vehículo será equivalente a la que se aplica a otro tipo de infracciones como estacionarse en zona prohibida, la falta parcial de luces, de un limpiaparabrisas, un espejo lateral o la defensa, usar vidrios polarizados, dar vuelta prohibida o arrojar basura a la vía pública desde el automóvil.  

 

 

Además, en la nueva Ley de Movilidad se contempla el incremento en el costo de aquellas infracciones “que ponen en riesgo la vida del conductor y de la gente allá afuera porque esta ley se llama Ley de Seguridad Vial”, según detalló la diputada Mónica Magaña.

 

 

Las personas que conduzcan “con cualquier producto encendido de tabaco o sustancias nocivas para la salud en el interior del vehículo” serán acreedores a una multa que va de 96.22 pesos a 481.1 pesos, según lo marca la ley.

 

 

Para motociclistas

En estas reformas, finalmente se establecen sanciones a normas que antes aparecían sólo en el reglamento y que no eran motivo de multa. Por ejemplo, la nueva ley infracciona con cinco a 10 unidades de medida y actualización (UMAS), es decir de 481 a 962 pesos a motociclistas que no respeten su carril de circulación, así como quienes circulen por pasos a desnivel o puentes donde se encuentre expresamente prohibida su circulación. Motos de bajo cilindraje (menores a 250 centímetros cúbicos) no podrán circular en vialidades primarias de alta velocidad.

 

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La nueva ley también aplicará una multa de 10 a 30 UMAS, es decir 962 a dos mil 886 pesos, a aquellos motociclistas que no porten o usen casco de manera adecuada. La misma multa se aplicará a aquellos que no respeten las normas viales establecidas para motociclistas. Entre dichas normas se establece que el motociclista deberá mantener en todo momento, sin importar la hora del día, las luces de la motocicleta encendidas, tanto las traseras como delanteras.