
Para privilegiar la seguridad de las personas con señalización y dispositivos viales adecuados, se publicó el pasado 19 de septiembre, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Norma Oficial Mexicana NOM-034-SCT2/Sedatu-2022, emitida por las secretarías de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, y la de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT). En ella se establecen los requisitos generales para diseñar e implementar la señalización y los dispositivos viales de forma más segura en calles y carreteras federales, estatales y municipales.
El objetivo de dicha NOM es que la señalización y dispositivos viales sean de ayuda para que las y los peatones, conductores y pasajeros de todo tipo de vehículos transiten de forma segura; incluye características para colocar las marcas sobre el pavimento, limitar, confinar y proteger áreas de circulación peatonal y vehicular; especificaciones para semáforos y parquímetros
“Esta NOM va a coadyuvar a tener en México una mayor seguridad vial en nuestras vías de comunicación, proporcionando información y ordenando los movimientos de todas las personas usuarias de las vías de todo el país”, comentó el titular de la SEDATU, Román Meyer Falcón, quien agregó que la NOM es de aplicación obligatoria en todas las calles y carretera del país.
En el cuerpo de la NOM se puede leer que: La señalización y los dispositivos para calles y carreteras son elementos que coadyuvan a la seguridad vial de los usuarios, proporcionando información y ordenando los movimientos de los usuarios de la vía. Se integran mediante marcas en el pavimento y en las estructuras adyacentes; tableros con símbolos, pictogramas y leyendas; así como otros elementos físicos y electrónicos, constituyendo un sistema que tiene por objeto delinear las características geométricas y de operación de las vías; denotar todos aquellos elementos estructurales que estén instalados dentro del derecho de vía; prevenir sobre la existencia de algún peligro potencial en la calle o carretera y su naturaleza; regular el tránsito señalando la existencia de limitaciones físicas o prohibiciones reglamentarias que restringen su uso; guiar oportunamente a los usuarios a lo largo de sus itinerarios, indicando los nombres y ubicaciones de las poblaciones, los servicios o lugares de interés turístico o recreativo y las distancias en kilómetros, transmitiéndoles indicaciones relacionadas con su seguridad y con la protección de las vías de comunicación, para regular y canalizar correctamente el tránsito de peatones, vehículos no motorizados y motorizados, por lo que, con el propósito de facilitar que los usuarios comprendan esas indicaciones, dicho sistema debe ser uniforme en todo el territorio nacional, para disminuir la ocurrencia de hechos de tránsito.
Objetivo: La presente Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer los requisitos generales que han de considerarse para diseñar e implementar la señalización y los dispositivos viales en calles y carreteras de jurisdicción federal, estatal y municipal, referidos en los capítulos 5 a 10.
Campo de aplicación: Con el propósito de que la señalización y los dispositivos viales sean de ayuda para que los peatones, conductores y pasajeros de todo tipo de vehículos transiten en forma segura, esta Norma es de aplicación obligatoria en todas las calles y carreteras de jurisdicción federal, estatal y municipal del territorio nacional.
La NOM hace una propuesta detallada sobre los colores, ubicación, tamaños y diversas señaléticas con las que se debe contar en las calles, avenidas y carreteras de acuerdo con la función de las vías.
Abren consulta
Asimismo, el DOF abrió a consulta pública el proyecto de Norma Oficial Mexicana 004-Sedatu-2023 sobre estructura y diseño para vías urbanas; especificaciones y aplicación. Durante 60 días cualquier persona en el país, puede aportar comentarios a esta nueva regulación técnica e identificar áreas de oportunidad de acuerdo con la individualidad de cada región.
Esta NOM es la cuarta de una serie de regulaciones técnicas de observancia obligatoria que expide la SEDATU a través de su Comité Consultivo Nacional de Normalización de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (CCNNOTDU) y busca establecer los requisitos generales que han de considerarse en el diseño y/o rediseño de las calles urbanas del país para mejorar la movilidad en condiciones de accesibilidad y seguridad vial de las personas usuarias.
Las y los interesados pueden presentar sus comentarios en los correos electrónicos nomvias.urbanas@sedatu.gob.mx y nomvias.urbanas.sedatu@gmail.com




































