Luego de presentar el corredor Artesanos, que operará bajo el modelo ruta-empresa, el Congreso del Estado de Jalisco, con la reciente reforma a la Ley de Movilidad y Transporte aprobada anunció que transportistas subrogatarios podrán incorporarse a las disposiciones normativas de concesiones, que establece este nuevo modelos de transporte.
Los transportistas subrogatarios sólo podrán participar siempre y cuando se constituyan en personas jurídicas, a fin de que efectivamente se logre una mejoría más integral en beneficio de los usuarios, ya que, señalaron los diputados presentes, el sistema tradicional fracasó, porque los tiempos cambiaron.
Las iniciativas para modificar los artículos 121 y 147 de la Ley de Movilidad y Transporte del Estado fueron presentadas por el Gobernador Aristóteles Sandoval Díaz y el Diputado Héctor Alejandro Hermosillo González, quien afirmó que de esta manera se les respetará a los subrogatarios con muchos años de trabajo en el transporte público, su derecho a participar en dicho modelo, sin que sea de manera individual.
“Creemos que hay personas y rutas que ya mostraron disposición de tener mejoría por cuenta propia, pero en el entendido de que es con nuevas condiciones de organización; estructura legal que les permita participar, pensando en que con el nuevo modelo ya no habrá necesidad de que se estén correteando o disputando el pasaje, sistema de prepago y mejores unidades”, señaló el diputado Alejandro Hermosillo.
Las consideraciones de las propuestas legislativas expresan que también se abre la posibilidad de reordenar las vialidades en corredores muy similares al que tiene el Macrobús, con la excepción de que no habrá carril exclusivo, pero sí tendrán el uso preferente del carril lateral derecho, propiciando transbordos organizados y medidos por tiempo y demanda.
En el caso de deficiencias en la prestación del servicio de transporte público en cualquiera de sus modalidades, el procedimiento administrativo de renovación procederá de oficio o a petición de parte interesada, conforme a lo establecido en el reglamento, mediante escrito que deberá presentarse ante la Secretaría de Movilidad y Transporte, cuyo titular será competente para instruir, resolver y sancionar.





































