Escrito por: José Giberth García Campoy / FOTCA / ceo@fotca.mx
La Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, impulsada por expertos en el tema desde el Senado de la República, en el 2022, con el apoyo de todas las fuerzas políticas del país, y con la participación de las aseguradoras, fue donde la AMIS aportó su experiencia y conocimiento con su cuerpo de colaboradores, con apoyos económicos para darle fuerza a dicha ley.
La finalidad de esta Ley es mejorar la reducción de los incidentes viales, y como pieza neural, la protección a la vida humana, y de los más vulnerables en el espacio público (peatones, ciclistas, personas con discapacidad y otros); derivado de esto, se crearon diferentes espacios de conversación y análisis, donde todas las voces participaron para dar sus puntos de vista, buscando la mejor solución para las partes involucradas.
En el caso particular, durante los foros y discusiones, lo que sobresalió, fue el transporte público de rutas, que son los que más fallas presentaban en caso de eventualidades, es decir, colisiones (choques), y en los trámites ante instancias de juzgados cívicos o ministerios públicos, al no existir un responsable para la reparación de daños, o bien, garantizar por las lesiones que provocan a los pasajeros o terceras personas.
Algunos responsables, contaban con productos alternativos (gestores o mutualistas) que funcionaban muy bien, sin embargo, en el estadístico los pasaban como unidades sin seguro, algo totalmente negativo, ya que estos productos servían para dar solución, pues en su mayoría trabajaban con responsabilidad, toda vez que las aseguradoras cuentan con personal profesional para dar el seguimiento inmediato y adecuado para que las víctimas o afectados reciban convenios que solucionen la situación, y así terminar con los reclamos y evitar procedimientos judiciales.
Con la aprobación de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial (LGMSV), en el caso de la Ciudad de México se han realizado varios cambios al Código Penal, y a la Ley de Movilidad. En donde los montos de protección, los instrumentos de validez de reconocimiento, se redujeron solo para los productos emitidos por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), con importes en responsabilidad civil por 50,000 UMAS (Unidad de Medida y Actualización), esto con la finalidad de proteger a las víctimas en tratamientos médicos de lesiones, o bien, el finiquito de muerte. Adicionalmente de la cobertura de los bienes dañados, públicos o privados.
En teoría, se aplaude el resultado, ya que la historia nos remonta a los tiempos en los que las víctimas y/o afectados no tenían el apoyo económico que se merecían, incluso las propias aseguradoras a través de su equipo legal buscaban el desinterés de la parte afectada, porque en las mesas de las agencias del Ministerio Público se tardaban en dar resoluciones; y la única forma que tenían quienes luchaban por una recompensa, era buscar el apoyo de instancias de gobierno como la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), o la demanda en juzgados civiles. Aquí cabe resaltar que esto origina gastos adicionales, debido a que la mayoría de las personas poco conocen de este beneficio que tienen por derecho.
Los cambios realizados en el 2022 al Código Penal y en el 2023 a la Ley de Movilidad, dio pie a que los transportistas de ruta se hicieran responsables por sus actos, y más para aquellos que todavía usan unidades obsoletas, los llamados microbuses o combis, ya que la mayoría no quieren o no pueden adquirir una póliza de responsabilidad civil, que cumpla con lo exigido por la Ley y su reglamento, vigentes en la CDMX; a tal grado que el Instituto de Verificación Administrativa de la CDMX (INVEA), tiene que llevar a cabo operativos para verificar sus obligaciones, inmovilizando a la mayoría por la falta de seguros de R.C.; ante esto el transportista se defiende, al decir que no hay opciones o productos accesibles, que cumplan con la normatividad.
Para el sector asegurador, una de sus principales justificaciones es que el servicio de rutas no es negocio, ya que son de alta siniestralidad, por lo que no ofertan productos de riesgo que cubran las necesidades de los transportistas, porque solo terminan con la adquisición de las llamadas CARÁTULAS, para cumplir con la llamada revista (verificación de documentos), pero que en realidad, traen deducibles impagables y exclusiones por todo, es decir, no cubren las actividades diarias que se requieren para salvaguardar los accidentes cometidos por los operadores en la calles de la gran ciudad.
En resumen, al sector asegurador no le interesa el servicio de rutas, ya que no es negocio para ellos, y como no existe un marco jurídico que los comprometa y obligue a hacerlo, las empresas que pueden llevarlo a cabo terminan siendo ciegos y sordos para ofertar este tipo de productos para el transporte público de ese tipo.
Desgraciadamente en los últimos meses se han suscitado accidentes fuertes y mediáticos, donde pasajeros resultaron con graves lesiones y en los cuales se dañó la infraestructura de la ciudad, casos que han terminado judicializados, porque los transportes siguen dando un servicio sin ninguna protección. Al transporte público no le importa que le revoquen las concesiones, la pérdida del bien inmueble (automotor), antes de adquirir un producto de aseguranza, que para ellos es caro e inservible, porque no existe una cultura de protección.
Con lo expuesto, es importante exhortar a las Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) y a la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS), para que evalúen productos a ofertar, con el propósito de dar soluciones a los diferentes sectores del transporte, con beneficios para todos, al alcance de los bolsillos, ya que ellos tienen las cura para poder enfrentar estas eventualidades. O en caso contrario, apoyar otras alternativas, que en el pasado han funcionado y resuelto a favor del transporte público y de la sociedad.
Con la entrada en vigor de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial se obliga al transporte a contar con seguro de daños a terceros, y asegurar la atención a víctimas de hechos viales, pero al no ser negocio para las aseguradoras hay pocas opciones de seguros.
Es urgente que la CNSF y la AMIS evalúen los productos y ofertas de seguros para el transporte, con el propósito de dar soluciones a los diferentes sectores del transporte público, con beneficios para todos, y al alcance de los bolsillos.